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<blockquote data-quote="damián armand-ugon" data-source="post: 50543" data-attributes="member: 57"><p><strong>Acabo de recibir esto:</strong></p><p><strong></strong></p><p></p><p><strong>30 de Junio 2012</strong></p><p></p><p>Estimados amigos/as y clientes de Miami-Box,</p><p></p><p>De acuerdo a lo que nos informan desde Aduanas, es inminente la implementacion del nuevo decreto 184/2012 el cual establece <strong>una franquicia para paquetes llegados del exterior con valor maximo de 200 dolares y para un maximo de 5 compras por cliente.</strong></p><p><strong></strong></p><p> Como un avance de lo que esto implica les comentamos:</p><p></p><p>* Cada cliente tendria una exoneracion de 5 compras de valor maximo 200 dolares <strong>sin pago de impuestos, sin pago de despachante y sin pago de terminal de cargas.</strong> </p><p>* El peso maximo de cada una de estas compras no debera superar los 20 kilos.</p><p></p><p>* El periodo para esas 5 compras es año civil (del 1ero de Enero al 31 de Diciembre).</p><p></p><p>* El valor mencionado por Aduanas de USD 200 incluye el flete y seguro, es lo que se denomina valor CIF.</p><p></p><p> Como se calcula valor CIF?, es sencillo:</p><p>Importe de la compra en USA + flete + seguro = Valor CIF de su paquete.</p><p> </p><p>No lo olviden - si compran algo con valor de boleta en USA 200 dolares cuando eso llegue a Uruguay su valor CIF va a ser superior a los USD 200 y por tanto no estaria dentro de la franquicia. </p><p>Es importante tener en cuenta lo mencionado antes, si tienen dudas no dejen de consultarnos.</p><p></p><p>* La exoneracion es para 5 compras por cliente. Por ejemplo, si su primer compra es de un producto de valor 30 dolares habran usado una de sus exoneraciones, o sea que le quedarian 4 compras con franquicia por utilizar.</p><p></p><p>* El importe no es acumulable. Ejemplo: no se puede traer una unica compra con valor 800 dolares; cada compra no debe superar los 200 dolares.</p><p></p><p>Supongamos que su compra tiene valor 250 dolares, en este caso Usted va a pagar impuestos sobre el total de su paquete y no por la diferencia entre 250 y 200. Para estar dentro de la franquicia, el valor tiene que ser menor a USD 200... y recuerden valor CIF, es decir el valor en USA + flete + seguro.</p><p></p><p>* Articulos actualmente exonerados de impuestos (libros/cds/dvds/blurays)<strong> <u>no</u></strong> son contemplados dentro de la franquicia. Es decir que, si compra un libro<strong> no</strong> habra utilizado una de sus 5 compras exoneradas. Puede seguir comprando sus libros/cds o dvds en forma normal.</p><p>* Articulos que tengan valor mayor a USD 200, los tramites de importacion continuaran sin cambios.</p><p></p><p> * Articulos que tienen restricciones de ingreso al pais (tabaco, armas, remedios, quimicos, etc.) permaneceran con las mismas restricciones.</p><p></p><p> * Una vez superadas las 5 compras por cliente y obviamente no sean articulos como libros o cds, los paquetes seguiran siendo importados bajo el mismo regimen actual (decreto 506/001).</p><p></p><p>Aun no tenemos la fecha exacta en que se implementara este decreto pero igualmente no quisimos dejar de enviar estas lineas de modo que pudiesen estar informados de las condiciones que aplicarian bajo el nuevo sistema aduanero. Creemos que esto va a ser un gran beneficio para todos ustedes y esperamos que puedan ir planificando sus compras futuras. <strong>Y recuerden que si no tienen o no desean utilizar su tarjeta de credito podemos hacer las compras por ustedes</strong>.</p><p>Cuaqluier consulta adicional pueden comunicarse a nuestras oficinas en Montevideo al 2628-1000, via mail a: <a href="mailto:info@miami-box.com">info@miami-box.com</a> (<a href="mailto:info@miami-box.com">info@miami-box.com</a>) o si prefieren, los esperamos en Nicolas Piaggio 1247 y con gusto lo ayudaremos.</p><p>Atentamente</p><p> Servicio al Cliente</p><p>Miami-Box</p><p><a href="http://www.miami-box.com" target="_blank">www.miami-box.com</a></p></blockquote><p></p>
[QUOTE="damián armand-ugon, post: 50543, member: 57"] [b]Acabo de recibir esto: [/b] [b]30 de Junio 2012[/b] Estimados amigos/as y clientes de Miami-Box, De acuerdo a lo que nos informan desde Aduanas, es inminente la implementacion del nuevo decreto 184/2012 el cual establece [b]una franquicia para paquetes llegados del exterior con valor maximo de 200 dolares y para un maximo de 5 compras por cliente. [/b] Como un avance de lo que esto implica les comentamos: * Cada cliente tendria una exoneracion de 5 compras de valor maximo 200 dolares [b]sin pago de impuestos, sin pago de despachante y sin pago de terminal de cargas.[/b] * El peso maximo de cada una de estas compras no debera superar los 20 kilos. * El periodo para esas 5 compras es año civil (del 1ero de Enero al 31 de Diciembre). * El valor mencionado por Aduanas de USD 200 incluye el flete y seguro, es lo que se denomina valor CIF. Como se calcula valor CIF?, es sencillo: Importe de la compra en USA + flete + seguro = Valor CIF de su paquete. No lo olviden - si compran algo con valor de boleta en USA 200 dolares cuando eso llegue a Uruguay su valor CIF va a ser superior a los USD 200 y por tanto no estaria dentro de la franquicia. Es importante tener en cuenta lo mencionado antes, si tienen dudas no dejen de consultarnos. * La exoneracion es para 5 compras por cliente. Por ejemplo, si su primer compra es de un producto de valor 30 dolares habran usado una de sus exoneraciones, o sea que le quedarian 4 compras con franquicia por utilizar. * El importe no es acumulable. Ejemplo: no se puede traer una unica compra con valor 800 dolares; cada compra no debe superar los 200 dolares. Supongamos que su compra tiene valor 250 dolares, en este caso Usted va a pagar impuestos sobre el total de su paquete y no por la diferencia entre 250 y 200. Para estar dentro de la franquicia, el valor tiene que ser menor a USD 200... y recuerden valor CIF, es decir el valor en USA + flete + seguro. * Articulos actualmente exonerados de impuestos (libros/cds/dvds/blurays)[b] [u]no[/u][/b] son contemplados dentro de la franquicia. Es decir que, si compra un libro[b] no[/b] habra utilizado una de sus 5 compras exoneradas. Puede seguir comprando sus libros/cds o dvds en forma normal. * Articulos que tengan valor mayor a USD 200, los tramites de importacion continuaran sin cambios. * Articulos que tienen restricciones de ingreso al pais (tabaco, armas, remedios, quimicos, etc.) permaneceran con las mismas restricciones. * Una vez superadas las 5 compras por cliente y obviamente no sean articulos como libros o cds, los paquetes seguiran siendo importados bajo el mismo regimen actual (decreto 506/001). Aun no tenemos la fecha exacta en que se implementara este decreto pero igualmente no quisimos dejar de enviar estas lineas de modo que pudiesen estar informados de las condiciones que aplicarian bajo el nuevo sistema aduanero. Creemos que esto va a ser un gran beneficio para todos ustedes y esperamos que puedan ir planificando sus compras futuras. [b]Y recuerden que si no tienen o no desean utilizar su tarjeta de credito podemos hacer las compras por ustedes[/b]. Cuaqluier consulta adicional pueden comunicarse a nuestras oficinas en Montevideo al 2628-1000, via mail a: [email=info@miami-box.com]info@miami-box.com[/email] ([email=info@miami-box.com]info@miami-box.com[/email]) o si prefieren, los esperamos en Nicolas Piaggio 1247 y con gusto lo ayudaremos. Atentamente Servicio al Cliente Miami-Box [url=http://www.miami-box.com]www.miami-box.com[/url] [/QUOTE]
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